A partir de agosto de este entra la directiva 2005/66 el de ámbito europeo, que regularizará las normas que deban cumplir los sistemas de protección delantera en vehículos de motor, conocidas como “ defensas “, habitualmente montadas en todo-terrenos, furgonetas…
Con esta directiva se pretende que los diseños frontales de los vehículos motorizados
sean lo menos agresivos para los transeúntes, y así en caso de atropello se reduzcan los daños al peatón.
Todas las defensas que no cumplan con una serie de requisitos de diseño, no podrían obtener la homologación, en toda la Comunidad Europea. Para comprobar las defensas se realizarán varias pruebas de choques con “dummys”, a una velocidad de 40 Km/h.
Estas son las principales especificaciones que tendrán que tener las defensas homologadas.
- Toda superficie rígida que mire hacia fuera tendrá una curvatura mínima de 5 milímetros
- La masa total no debe superar el 1,2 por ciento de la masa del vehículo, con un máximo de 18 Kg.
- La altura máxima del sistema instalado no será superior a 100 milímetros a partir de la imaginaria línea horizontal que une la parte alta de los faros.
- El sistema no superará en anchura a la del propio vehículo y, si supusiera más del 75 por ciento de la misma, los extremos de las “defensas” estarán vueltos hacia dentro con el fin de reducir los peligros de enganchones.
- El sistema de protección delantera no reducirá la eficacia de los parachoques ni de los sistemas de alumbrado.
(terramotor


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